La DGT establece el requisito para hacer la renovación del carnet de conducir gratis. El proceso para obtenerlo.
La Dirección General de Tráfico ofrece la posibilidad de renovar el carnet de conducir de forma gratuita. El carnet de conducir actualmente se renueva cada 10 años hasta los 65 años. Después, se renueva cada 5 años.
España, si bien no impone una edad máxima para poder conducir, sí va acortando el periodo de tiempo que separa las renovaciones del carnet de clase B a partir de los 65 años.
Todos los conductores deben renovar el carnet de conducir de forma periódica. El proceso, obligatorio para todos, implica la superación de distintas pruebas psicotécnicas, la tramitación de ciertos documentos y el pago de las tasas. Sin embargo, existe una excepción para este último paso.
De acuerdo con la DGT, todos los conductores de más de 70 años de edad están exentos de pagar la renovación del carnet. En concepto de tasas de tramitación, todas las personas por encima de esa edad no deben pagar los 24,58 euros que exige el proceso.
Una excepción que, sin embargo, presenta una regla muy clara. Si bien estos conductores no están obligados a abonar el costo de la tramitación, sí deberán pagar el precio de la prueba psicotécnica, ya que es independiente del trámite de la DGT y no cuenta con un precio cerrado.
Para todo el resto de los conductores de vehículo clase B, los pasos para la renovación son iguales. En primer lugar, tendrá que presentarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado para indicar que se desea realizar la renovación del carnet de conducir. Iniciado el proceso, se deberá abonar los 24,58 euros del trámite más un reconocimiento médico vigente, que demuestre que el usuario se encuentra en buenas condiciones para circular por la vía.
Una vez finalizado, la DGT entregará un permiso provisional para poder circular hasta que llegue el definitivo, con un tiempo de espera estimado de un mes y medio tras la superación del proceso. En España no existe una edad límite para conducir. Hasta el año 2009, todos los conductores debían renovarse el carnet de conducir de clase B cada 10 años hasta alcanzar los 45 años, edad en la que debía renovarse cada cinco años hasta los 70, y a partir de ahí, cada dos años.
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